Los autónomos y las empresas tienen que emitir facturas de todos los trabajos que realicen y/o de los artículos que vendan, pero para que esta sea deducible se deben cumplir una serie de requisitos (Art 6 del RD 1619/2012 de 30 de Novbre).

Requisitos Los datos necesarios en la factura para que esta sea gasto deducible en el IRPF y el IVA/IGIC son:

  1. Número de factura, y en su caso, serie: El número de factura siempre tiene que ser correlativo, es decir, no se pueden emitir dos facturas con el mismo número de factura y serie.
  2. La fecha de factura: Además es importante que guarde correlación con la fecha de factura.
  3. Nombre y apellidos o Razón Socialdel empresario que expide la factura y el destinatario. 4. NIF del empresario y el destinatario.
  4. Domicilio fiscal del empresario y destinatario. Si el destinatario es una persona física no empresario o profesional no es obligatorio este dato. 6.Descripción de la operación (prestación del servicio o productos que se venden). 7. Tipo de IVA/IGIC aplicable/s.
  5. Desglose entre BASE y CUOTA de IVA/IGIC. Si la factura tiene varios tipos de IVA/IGIC, la factura deberá recoger por separado base y cuota correspondiente a cada uno de los tipos.
  6. Fecha de realización de la operaciónsi es distinta a la fecha de expedición de la factura.
  7. En el caso de que emitamos una factura exenta o no sujeta a IVA/IGICes necesario indicar el precepto de la Ley que recoge la exención o la no sujeción. Como regla general la expedición de la factura debe realizarse en el momento de la operación, salvo que el destinatario sea otro empresario o profesional en el que debe realizarse en el plazo de un mes a partir de la operación.